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Juicios de faltas

ABOGADOS JUICIO DE FALTAS MADRID

ABOGADOS JUICIO DE FALTAS MADRID, LEGANES, GETAFE, PARLA, VALDEMORO…

Contar con un abogado experto en juicios de faltas siempre es recomendable, aunque no es necesaria la intervención de abogado ni de procurador, y ello de cara a la obtención de un resultado beneficioso ya seas denunciado o perjudicado.Este tipo de procedimiento se inicia mediante denuncia o querella, siendo competencia de los Juzgados de Instrucción y, en su defecto, en los de Paz del lugar en el que se hayan cometido los hechos constitutivos de falta.

Junto con la acción penal podrá ejercitarse la acción civil, esto es, la petición de responsabilidad civil o la reclamación de una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por la comisión de la falta penal, siendo en estos casos cuando más necesario se hace la intervención de profesionales. 

NUESTRAS TARIFAS por este tipo de juicios se encuentran por debajo de la medida de los honorarios que tiene cualquier despacho en Madrid, y ello debido a la gran cantidad de procedimientos de este tipo que tramitamos, lo cual nos permite ofrecer unos precios sin competencias.

JUICIO DE FALTAS………………..DE 125€ A 200€ (SEGÚN CAS0) 

¿Qué es un Juicio de Faltas?

Es un procedimiento sencillo y rápido para enjuiciar las infracciones penales leves denominadas faltas que se resuelve mediante un juicio ante el juzgado de instrucción.

El plazo para interponer la denuncia es de seis meses.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la audiencia provincial en el plazo de cinco días desde su notificación. 

¿Cuáles son los tipos penales más comunes que se tramitan como juicios de faltas? 

  • Lesiones
  • Amenazas
  • Injurias Vejaciones
  • Hurtos
  • Daños
  • Las infracciones leves en el ámbito familiar 

¿Qué derechos le asisten al denunciante o perjudicado? 

v  Derecho a personarse como parte en el procedimiento y a designar abogado y procurador para su defensa y representación. 

v  Derecho a conocer lo actuado y, en su caso, pedirlo que convenga a su derecho. 

v  Derecho a reclamar una indemnización por los perjuicios ocasionados por la falta. 

v  Derecho a ser informado: 

  • De la función del fiscal de defender ante el juzgado la indemnización de los perjuicios que le haya podido ocasionar el hecho, cuando no se persone ni renuncie a ella.
  • En su caso, de las medidas de asistencia a la víctima. 
  • De que puede celebrarse el juicio aunque no asista. 
  • De que habrá de comparecer con las pruebas de que disponga para la defensa de sus derechos e intereses legítimos 

¿Qué derechos le asisten como persona denunciada? 

  • Derecho a recibir información por escrito de los hechos denunciados.
  • Derecho a designar abogado para su defensa y a solicitar su designación de oficio
  • Derecho a ser informada de:

·         que deberá acudir al juicio provisto de las pruebas de las que intente valerse para su defensa.

·         que su ausencia injustificada no suspenderá la celebración ni la resolución del juicio, siempre que esté citado legalmente.

·         que si reside fuera de la demarcación del juzgado, no tendrá obligación de concurrir al juicio.