Despacho de abogados en Madrid ofrece asistencia a detenidos: Aeropuertos, Comisarias, Juzgados

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Asistencia a detenidos

Asistencia a detenidos

Los cinco derechos básicos con los que cuenta el detenido son:

1.  Derecho a ser informado de las razones de la detención y de los derechos que nos asisten.
2. Derecho a guardar silencio.
3. Derecho a la asistencia de un abogado de oficio.
4. Derecho a informar a los familiares del detenido.
5. Derecho a la asistencia médica.

Sin duda la primera asistencia al detenido, así como su declaración en el Juzgado son dos partes fundamentales a la hora de enfocar la defensa de un detenido, ya no sólo para evitar la prisión provisional, en un primer momento, sino también de cara a garantizar un final exitoso, consiguiendo la finalidad de cualquier abogado defensor como es la libre absolución, o conseguir la pena menor mediante el reconocimiento de atenuantes, evitando finalmente la entrada en prisión, hecho este básico a conseguir por cualquier.

Se ha de tener en cuenta que en la primera declaración en comisaría el detenido y el abogado no pueden hablar hasta que se cierre el acta de declaración del detenido, después de la cual si que podrán tener una entrevista reservada de cara a  preparar su declaración ante el Juzgado. Lo ideal, lo que solemos recomendar en esa primera declaración es no declarar, ya que no teniendo conocimiento de las investigaciones policiales y lo que recoge el atestado policial hasta que este es enviado al Juzgado, lo único que podríamos conseguir es iniciar la defensa con un lastre, quizás difícil de salvar a lo largo del procedimiento penal, y es que no se puede declarar sin saber al detalle las investigaciones policiales.