Despacho de abogados en Madrid ofrece asistencia a detenidos: Aeropuertos, Comisarias, Juzgados
Los nacionales marroquíes residentes en España tiene perfecto conocimiento, por que lo han sufrido en persona o algún amigo o familiar, los problemas que existen desde hace años para reagrupar a familiares, a pesar de haberlo autorizado la Administración en España, y ello con motivo de la denegación de visado al familiar reagrupado.
La mejor opción para conseguir la obtención del visado, una vez ha sido denegado, es interponer un recurso contencioso administrativo ante el TSJ de Madrid, y más ahora que desde esta misma semana las personas físicas están exentas del pago de la tasa judicial, que era de 368€. El Consulado de Nador deniega visados por reagrupacion familiar de forma sistemática y de ello buen conocimiento tienen muchos afectados residentes en españa que pretenden la reagrupación de su cónyuge.
Nuestro despecho esta especializado en la tramitación de Recursos contencioso administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia en Madrid, con un importántisimo porcentaje de exito, lo que nos convierte en uno de los despacho de referencia en materia de extranjeria para recurrir las denegaciones de visados en Madrid. Abogados de extranjería en Madrid especializados en la tramitación de recursos contra denegación de visado
¿Qué opción es la mejor recurso de reposición contencioso administrativo?
Muchas de las personas que contactan con nosotros nos plantean esta pregunta y nuestra contestación es que sin duda alguna la mejor opción, por rápida, económica y garantias de éxito es recurrir directamente al TSJ de Madrid, ya que los recursos de reposición interpuesto ante el propio Consulado son desestimados y simplemente se confirma la resolución denegación de visado en base a los fundamentos alegados.
Además desde el pasado día 2 de marzo de 2015 las personas físicas están exentas del pago de tasas judiciales, por lo que para iniciar el procedimiento ante el TSJ ya no será necesario el pago de la tasa de 368€, que era la que se venía abonando, con anterioridad a esa fecha, para la tramitación de este tipo de recursos.
